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Emprender no empieza el día que se abre la persiana, sino mucho antes. Elegir bien la forma jurídica y realizar correctamente los trámites puede marcar la diferencia entre un inicio tranquilo o una carrera de obstáculos. La constitución de sociedades sigue siendo en 2026 una opción muy valorada por autónomos y empresas que quieren crecer con una base sólida. Pero, ¿por dónde empezar?

¿Por qué optar por la constitución de sociedades?

Constituir una sociedad resulta especialmente interesante cuando el proyecto implica a varios socios, requiere inversión o se prevé una facturación relevante. Frente al trabajo como autónomo, la constitución de sociedades permite limitar la responsabilidad personal, mejorar la planificación fiscal y proyectar una imagen más profesional ante clientes y entidades financieras.

Tipos de sociedades más habituales

Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.L.)

Es la forma jurídica más común entre pymes y emprendedores. Permite constituirse desde 1 euro de capital, limita la responsabilidad al capital aportado y tributa por el Impuesto sobre Sociedades. Es una opción flexible y adecuada para la mayoría de negocios.

Sociedad Anónima (S.A.)

Pensada para proyectos de mayor tamaño o con previsión de captar inversión. Requiere un capital mínimo más elevado y una gestión más formal, pero ofrece ventajas para la entrada de nuevos socios y la expansión.

Sociedad Civil

Una alternativa sencilla para profesionales que trabajan conjuntamente. Tiene menos trámites, pero la responsabilidad es ilimitada, lo que conviene valorar con detenimiento.

Trámites necesarios para la constitución de sociedades

  1. Certificación del nombre y estatutos: El primer paso es solicitar la certificación negativa del nombre social y redactar los estatutos, donde se define cómo funcionará la sociedad.
  2. Escritura pública e inscripción: La firma ante notario y la posterior inscripción en el Registro Mercantil son obligatorias para que la sociedad tenga plena validez legal.
  3. Alta en Hacienda y otros registros: Es necesario obtener el NIF, darse de alta en Hacienda y cumplir con otros trámites como Seguridad Social, licencias y libros societarios.

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