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El 8 de septiembre se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre, para la mejora de las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras al servicio del hogar. El texto, que modifica varias leyes existentes, introduce mejoras como el derecho a la prestación de desempleo, el aumento de la indemnización por despido o la desaparición de la extinción de contrato por desistimiento.

Las modificaciones mas relevantes en el sistema especial de las personas trabajadoras del hogar son las siguientes:

Prevención de Riesgos Laborales

En el ámbito de la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar, las personas trabajadoras tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo, teniendo en cuenta las características específicas del trabajo doméstico, en los términos y con las garantías que se prevean reglamentariamente a fin de asegurar su salud y seguridad.

Protección de desempleo y FOGASA

Se reconoce a las empleadas de hogar el derecho a prestación de desempleo y el acceso al Fondo de Garantía Salarial.

Contratación

La contratación de las personas empleadas del hogar se equipara a la establecida en el Estatuto de los Trabajadores.

Extinción del contrato

Desaparece el desistimiento como causa de extinción del contrato de trabajo.Esta relación laboral de carácter especial podrá extinguirse por alguna de las siguientes causas, siempre que estén justificadas:

  1. a) Disminución de los ingresos de la unidad familiar o incremento de sus gastos por circunstancia sobrevenida
  2. b) Modificación sustancial de las necesidades de la unidad familiar que justifican que se prescinda de la persona trabajadora del hogar
  3. c) El comportamiento de la persona trabajadora que fundamente de manera razonable y proporcionada la pérdida de confianza de la persona empleadora

Esto significa que la extinción debe ser causal: ya no se puede dar de baja a una empleada del hogar sin causa que lo justifique. En estos casos la indemnización y la forma de la extinción seguirá siendo en las mismas condiciones que hasta la fecha.

Indemnización por despido declarado improcedente

El despido declarado improcedente dará derecho a la trabajadora a 33 días por año de indemnización en lugar de los 20 actuales.

Alta y cotización de las empleadas que prestan servicio menos de 60 horas mensuales

A partir del 1 de enero de 2023 los empleadores serán los obligados al alta y cotización de las empleadas de hogar independientemente de la jornada que presten servicio.

Cotización desempleo y FOGASA

A partir del mes de octubre de 2022 se incrementa el pago de Seguridad Social de las empleadas de hogar. Se cotizará el 6,05% más que hasta la fecha, un 5% a cargo del empleador y un 1,05% a cargo de la empleada. La cotización al FOGASA será de un 0,2% a cargo del empleador.

Se establecen bonificaciones temporales a la cuota a pagar, pero, en definitiva, supone un incremento de costa a partir del mes de octubre.

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