El 28 de febrero terminan las prestaciones extraordinarias asociadas a la pandemia aprobadas en el Real Decreto-ley 18/2021, que en la actualidad perciben más de 110.000 autónomos. Sin embargo, a partir del 1 de marzo se mantienen, hasta el mes de junio, las exoneraciones en las cotizaciones a la Seguridad Social, así como la prestación extraordinaria por cierre administrativo.
De este modo, febrero será el último mes en que los autónomos percibirán las prestaciones extraordinaria y ordinaria vinculadas a la covid. El Gobierno ha descartado la prórroga de las ayudas, pero sí se mantendrá la prestación extraordinaria para autónomos en caso de que se vean obligados a cerrar sus negocios por decisión administrativa vinculada a posibles restricciones sanitarias.
En este caso, los autónomos que tengan que suspender de forma temporal toda su actividad percibirán una prestación extraordinaria por un importe del 70% de la base mínima de cotización, y estarán exonerados del pago de las cuotas a la Seguridad Social. Esta ayuda podrá compatibilizarse con ingresos del trabajo por cuenta ajena hasta 1,25 veces el SMI.
Continúan también, hasta el mes de junio, las exoneraciones en la cotización a la Seguridad Social de aquellos autónomos que en la actualidad estén cobrando la prestación por cese de actividad. Los trabajadores por cuenta propia que venían cobrando estas prestaciones extraordinarias se beneficiarán de una exoneración del 90% en el mes de marzo, del 75% en abril, del 50% en mayo y del 25% en junio.
Para poder acogerse a estas exoneraciones los autónomos deberán permanecer en alta en el correspondiente régimen especial de la Seguridad Social hasta el próximo 30 de junio.