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El Ministerio de Trabajo ha puesto esta semana a disposición de las empresas la herramienta IR!, para facilitarles la creación del registro salarial por sexos de la plantilla, obligatorio desde este 14 de abril, con el fin de cumplir con sus obligaciones en materia de igualdad retributiva.

La herramienta IR!, descargable desde la web del Ministerio de Trabajo, es una hoja de cálculo de Excel que incluye varios modelos de cálculo, que arrojan diferentes análisis tras introducir los datos correspondientes, y que viene acompañada de una guía de uso, también descargable.

En el documento deberá incluirse la información relativa a todas las personas trabajadoras por cuenta ajena, independientemente de la modalidad de su contrato, que hayan estado contratadas en cualquier momento dentro del periodo de referencia. Este periodo temporal de referencia será de un año natural, sin perjuicio de las modificaciones que fuese necesario realizar si se producen alteraciones sustanciales de los datos.

En la herramienta deberán incluirse tanto la totalidad de las retribuciones efectivamente satisfechas y percibidas en el año natural, como las retribuciones equiparadas, con el fin de poder comparar datos equiparables (misma jornada laboral y misma duración de los servicios prestados a lo largo del año).

La información se desglosará por sexo, por categorías, grupos profesionales, niveles, puestos o cualquier otro sistema de clasificación que sea utilizado en la empresa.

La herramienta incluye también tablas adicionales para empresas que están obligadas a realizar, además del registro salarial por sexos, una auditoría retributiva. Se trata de aquellas empresas que están obligadas a contar con un plan de igualdad: en la actualidad, las compañías con más de 100 trabajadores, y a partir de marzo de 2022, también las empresas de 50 a 100 trabajadores.

En el caso de estas empresas, el registro salarial deberá reflejar así mismo las los promedios y medianas de las retribuciones de las agrupaciones que resulten del proceso de valoración de puestos de trabajo -puestos de igual valor- convenientemente desglosados por sexo, e incluyendo todas las retribuciones efectivamente satisfechas desagregadas en atención a la naturaleza de la retribución, incluyendo salario base, cada uno de los complementos y cada una de las percepciones extra salariales, especificando de modo diferenciado cada percepción.

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