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Servicios que se prestan en centros educativos, establecimientos de hostelería y restauración, empresas relacionadas con el deporte o el tiempo libre que solo funcionan determinados meses al año… Son muchos los sectores que desde la última reforma laboral están optando por utilizar el contrato fijo discontinuo. Te contamos cómo son los trámites que tiene que realizar el autónomo o empresa cuando se aplica esta relación laboral.

Aunque ya existía este tipo de contratación, la reforma laboral, con la que se reduce el uso de los contratos temporales, ha potenciado la utilización del contrato fijo discontinuo. Al finalizar la temporada o el periodo de actividad para el negocio, el empleador deja en suspenso el contrato con el trabajador, al que deberá avisar para que se incorpore a trabajar de cara al siguiente periodo de actividad.

El empleador tiene la obligación de comunicar al trabajador por escrito la fecha en la que pasará al periodo de inactividad. Asimismo, debe notificar a la Seguridad Social que el empleado pasa a encontrarse inactivo, a través del sistema RED.

 

Finiquito en el contrato fijo discontinuo

Al no finalizar el contrato, no existe indemnización por despido; pero el empleado fijo discontinuo sí tiene derecho a cobrar el finiquito, por el que el empleador abona las cantidades que se adeudan. Es habitual que en este finiquito estén incluidas las vacaciones, ya que normalmente los trabajadores discontinuos no disfrutan de las vacaciones a las que tienen derecho, ya que tras la temporada van a tener un periodo de inactividad.

Durante el tiempo en que no está activo, el trabajador tiene derecho a solicitar la prestación por desempleo, si tiene cotizado el tiempo suficiente.

 

Vuelta a la actividad

En el momento de comenzar la temporada o periodo de actividad el empleador deberá avisar de su incorporación a los trabajadores con contrato fijo discontinuo. Las fechas pueden variar de un año al otro, ya que estamos hablando de actividades sujetas a la estacionalidad o a periodos de actividad indeterminados, que no tienen por qué tener unas fechas fijas. El convenio colectivo regula el orden en que los trabajadores son llamados para incorporarse de nuevo a la actividad.

El empleador tiene la obligación de comunicar por escrito al trabajador, con la antelación necesaria, la fecha de su incorporación y las condiciones de esta. En caso de inclumplir esta obligación de avisarle para reincorporarse (si no se le avisa o si se avisa en su lugar a otro trabajador al que no correspondiera llamar antes), el trabajador puede demandar al empleador por despido improcedente, en un plazo de 20 días.

 

¿Cuándo se puede emplear el contrato fijo discontinuo?

El contrato fijo discontinuo puede emplearse en diferentes actividades que tienen en común que no se realizan durante todo el año:

  • Actividades de temporada, que se repiten cada año, aunque su fecha puede ser variable
  • Actividades que se realicen de forma intermitente durante el año, en fechas que pueden ser indeterminadas, que no tienen carácter estacional
  • Prestación de servicios por parte de contratas que forman parte de la actividad ordinaria de la empresa