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En 2025 España impulsará una reforma relevante del sistema de pensiones: la jubilación reversible. Este nuevo modelo, aún en fase de tramitación, permitirá que los mayores de 52 años, también los autónomos, regresen al mercado laboral con incentivos económicos atractivos.

La jubilación reversible sustituirá la jubilación flexible y podría aprobarse mediante Real Decreto antes de fin de 2025. La actual jubilación flexible, vigente desde 2002, permite compatibilizar pensión y trabajo con una jornada parcial, de entre el 25 y el 75%, y la deducción proporcional de la pensión. En cambio, la jubilación reversible permite la reincorporación temporal o indefinida del trabajador tras al menos 6 meses desde su jubilación, e introduce también otros cambios:

  • Una jornada parcial de entre el 40% y el 80% (frente al 25%- 75% de la jubilación flexible)
  • Bonificaciones del 10% (para jornadas laborales de entre el 40 y el 60%) y del 20% (para jornadas de entre el 60 y el 80%) sobre la pensión, sumadas a lo que se cobre como salario
  • Para autónomos, el incremento aplicado será siempre del 20%

Jubilación reversible para los autónomos mayores de 52 años

Los autónomos mayores de 52 años podrán recuperar su actividad con jornada parcial y mantenerse dados de alta en el RETA, sin perder derechos. Recibirán un 20% adicional en su pensión al reincorporarse con una jornada de entre el 40 y el 80%, para lo que deberán haber pasado al menos 6 meses desde su jubilación. Los autónomos podrán complementar esta bonificación con incentivos de jubilación demorada (hasta un 4% más al año o un 2% por semestre) si retrasan voluntariamente su retiro.

  

Requisitos para la jubilación reversible

La jubilación reversible está pendiente de aprobación oficial y publicación en el BOE. Para acogerse a ella será necesario cumplir los siguientes requisitos:

  • Haber transcurrido al menos 6 meses desde el inicio de la jubilación
  • Reincorporarse al mercado laboral con alta en el Régimen General o en el RETA con una jornada parcial de entre el 40% y el 80%
  • Haber cumplido la edad legal de jubilación

 

¿Cuándo estará disponible la jubilación reversible?

La reforma está en tramitación parlamentaria y se debatirá este año. Puede aprobarse mediante Real Decreto o proyecto de ley antes de fin de año, tras consultas en el diálogo social. Estará activa una vez publicada en el BOE. Hasta entonces, prevalece la normativa vigente.

 

Para los autónomos mayores de 52 años la jubilación reversible puede suponer una oportunidad de seguir activos, mejorar la pensión y seguir contribuyendo al mercado. Para las empresas puede ser una herramienta para retener talento senior sin asumir estructuras laborales tradicionales demasiado rígidas.

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