Los permisos retribuidos, recogidos en el Estatuto de los Trabajadores, son aquellos días de permiso en los que, por una causa justificada, el trabajador puede ausentarse de su puesto de trabajo sin que se le descuente la parte proporcional del sueldo. Se trata, entre otros, de los permisos por fallecimiento u hospitalización de un familiar, matrimonio o mudanza.
Los convenios colectivos pueden aumentar el número de días de permiso o las causas por las que los trabajadores tienen derecho a un permiso. Cuando un permiso retribuido está contemplado en el Estatuto de los Trabajadores, los días de permiso no tienen que ser recuperados, porque se contabilizan como días de trabajo efectuado, y son retribuidos como si el trabajador hubiese acudido a su puesto de trabajo.
El artículo 37 de Estatuto de los Trabajadores recoge los siguientes permisos retribuidos:
- Quince días naturales en caso de matrimonio
- Dos días por fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo la persona trabajadora necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de cuatro días.
- Un día por traslado del domicilio habitual
- Por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, comprendido el ejercicio del sufragio activo. Cuando el cumplimiento del deber suponga la imposibilidad de la prestación del trabajo debido en más del veinte por ciento de las horas laborables en un periodo de tres meses, la empresa podrá pasar al trabajador a la situación de excedencia forzosa.
- Para realizar funciones sindicales o de representación del personal
- Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto y, en los casos de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, para la asistencia a las preceptivas sesiones de información y preparación y para la realización de los preceptivos informes psicológicos y sociales previos a la declaración de idoneidad
Al margen de estos derechos, es habitual que los convenios colectivos hagan referencia a días de asuntos propios. El mismo convenio colectivo deberá indicar si esos días de permiso se consideran como jornadas de trabajo efectivo, y si por tanto deben recuperarse o no.
El permiso debe ser aprobado por la empresa
Para disfrutar del permiso retribuido el trabajador deberá solicitarlo a la empresa con antelación. El Estatuto de los Trabajadores no indica el número de días de preaviso, pero el empleado deberá comunicarlo a la empresa con la mayor antelación posible.
La empresa deberá aceptar el permiso solicitado por el trabajador. En caso de que denegase el permiso por causas no justificadas, el trabajador podrá solicitar una indemnización por los daños sufridos, tanto materiales como morales.
Si el trabajador no recibe la autorización por parte de la empresa para disfrutar del permiso y se ausenta igualmente de su puesto de trabajo, la empresa podrá sancionarle con días de empleo y sueldo o con el despido disciplinario.
Es decisión de la empresa si solicita o no al trabajador la debida documentación que justifique el permiso, que podrá ser aportada con posterioridad a su solicitud, y cuya exigencia no podrá invadir la intimidad del trabajador.
Cuándo comienzan a contabilizarse los días de permiso
Habitualmente los días de permiso retribuido comienzan a contabilizarse desde el mismo momento del hecho causante. Por ejemplo, desde el mismo día de la hospitalización o fallecimiento. Salvo en el caso del matrimonio, que, si la boda es en fin de semana, empiezan a contabilizarse a partir del lunes siguiente. En cualquier caso, habrá que atender a lo que indique el convenio colectivo al respecto.
Existen también sentencias del Tribunal Supremo que consideran que en caso de boda o fallecimiento de un familiar el permiso debe empezar a contarse a partir del primer día laborable.