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Ya sea por la contratación de personas en situación de desempleo de larga duración, de personas con discapacidad o por la conversión de contratos de formación o prácticas, entre otros, estas son las bonificaciones a la contratación a las que pueden acogerse en la actualidad las empresas y autónomos:

 

Bonificaciones para la contratación indefinida de desempleados de larga duración

Los autónomos y empresas que contraten a personas en situación de desempleo de larga duración pueden recibir una bonificación en los seguros sociales de 1.300 euros anuales, si se contrata a un hombre, y de 1.500 euros, si la persona contratada es una mujer. Concretamente, la bonificación en la cuota empresarial es, respectivamente, de 108,33 euros o 125 euros mensuales.

Como condición, la persona contratada debe haber estado inscrita como demandante de empleo durante al menos 12 meses de los 18 anteriores al alta.

La bonificación puede aplicarse durante 3 años con los requisitos de que se mantenga el nivel de empleo total alcanzado con esa contratación y de que se mantenga contratado al trabajador durante un mínimo de 2 años. De lo contrario, la empresa deberá devolver la bonificación.

 

Bonificaciones para la contratación de personas con discapacidad

Dependiendo de la edad, el grado de discapacidad y de si la persona contratada es un hombre o una mujer, los autónomos y empresas pueden obtener las siguientes bonificaciones a la contratación de trabajadores con discapacidad:

  • Por la contratación indefinida o la transformación en indefinidos de trabajadores mayores de 45 años, la bonificación asciende a 5.700 euros, o 6.300 euros si tiene una discapacidad severa, durante toda la vigencia del contrato
  • Por la contratación indefinida o la transformación en indefinidos de trabajadores menores de 45 años, la bonificación asciende a 4.500 euros si la persona contratada es un hombre, y a 5.350 euros en el caso de las mujeres. Si el trabajador tiene una discapacidad severa, las bonificaciones serán de 5.100 o 5.950 euros, respectivamente.

Además, existen bonificaciones del 100% por la contratación por un Centro Especial de Empleo.

 

Bonificaciones para la contratación de colectivos en riesgo de exclusión

Existen, asimismo, bonificaciones para la contratación de personas que pertenezcan a ciertos colectivos en riesgo de exclusión social:

  • Bonificación de 1.500 euros durante cuatro años por la contratación indefinida de víctimas de violencia de género, trata de seres humanos y víctimas de terrorismo, y de 600 euros por la contratación temporal, durante toda la vigencia del contrato
  • Bonificación de 600 euros durante cuatro años por la contratación indefinida de trabajadores en riesgo de exclusión social, de 500 euros en el caso de los contratos temporales durante toda la vigencia del contrato y de 650 euros para conversiones en indefinido

 

 

Bonificaciones por la conversión de contratos en indefinidos

Conversión de contrato en alternancia (formación) a indefinido

Por la conversión de contratos de formación en indefinidos las empresas y autónomos pueden recibir una bonificación de 1.500 euros anuales en los seguros sociales, si se contrata a un hombre, y de 1.800 euros en el caso de las mujeres, durante tres años

El requisito es transformar el contrato de formación en alternancia cuando finaliza el contrato inicial o alguna de sus prórrogas.

 

Conversión de contrato en prácticas a indefinido

Los autónomos y empresas de menos de 50 trabajadores que conviertan en indefinido un contrato de prácticas tendrán derecho a una bonificación en las cuotas a la Seguridad Social de 500 euros al año en el caso de los hombres, y de 700 euros en el caso de las mujeres, durante tres años.

 

Conversión de contrato de relevo y sustitución por jubilación en indefinido

La conversión de un contrato de relevo y de sustitución por anticipación de la edad de jubilación en indefinido da derecho a una bonificación en la cuota empresarial a la Seguridad Social de 500 euros al año (41,67 euros al mes) en el caso de los hombres y de 700 euros al año (58,33 euros al mes) en el caso de las mujeres, durante 3 años.

 

Bonificaciones para la contratación de menores de 25 años

La contratación de jóvenes desempleados menores de 25 años inscritos en la Oficina de Empleo mediante contrato para la Formación y el Aprendizaje conlleva una bonificación del 100% en las cuotas empresariales para las empresas con menos de 250 trabajadores, y del 75% para las empresas con 250 trabajadores o más.

 

Bonificación para la contratación de familiares del trabajador autónomo

Los autónomos pueden beneficiarse de una bonificación del 100% en la cuota empresarial por contingencias comunes durante un periodo de 12 meses por la contratación indefinida de su cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad de hasta el segundo grado.