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Es muy común que los trabajadores que realizan su actividad profesional como autónomos descubran en un momento dado una nueva oportunidad de negocio que deseen compaginar con la actual: profesionales que encuentran otro campo relacionado con su trabajo o con alguna afición del que pueden obtener una rentabilidad económica, o que se plantean, por ejemplo, montar un negocio online.

Es posible tener más de una actividad como autónomo, y es además una de las ventajas de serlo. Sin embargo, es necesario realizar antes ciertos trámites, que variarán en función de las actividades que se realicen, y dónde.

Al estar ya dado de alta en el RETA y abonar sus cotizaciones, el autónomo no necesita pagar ninguna otra cuota de Seguridad Social. Por supuesto, siempre se puede decidir la base de cotización, entre la mínima y la máxima. Y, lógicamente, esto no exime del resto de obligaciones fiscales que conlleva el nuevo negocio.

 

Iniciar una nueva actividad como autónomo

Al margen del alta en el RETA, al iniciar cualquier actividad como autónomo es necesario comunicarlo en la Agencia Tributaria. Si se trata de una actividad diferente habrá que darla de alta en la mediante el modelo 036 o 037, y en cualquier caso habrá que optar por el mismo régimen de tributación. Será necesario, además, comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social que se van a realizar dos o más actividades diferentes.

Si para la nueva actividad se opta por constituir una sociedad, habrá que haber realizado anteriormente todos los pasos para crear una empresa, para lo que la mejor opción es contar con la ayuda de una asesoría fiscal.

Hay que tener también en cuenta que si la nueva actividad se realiza en el mismo local, oficina o nave en la que se desarrollaba la anterior es necesario que en la licencia de apertura se recojan ambas actividades.

 

Obligaciones fiscales de la segunda actividad como autónomo

Al tratarse de dos actividades diferentes el autónomo deberá diferenciar la facturación de uno y otro negocio, mediante una numeración diferente. También deberá hacer una separación en lo que se refiere a los gastos, especialmente si las actividades están sujetas a tipos de IVA diferentes, o si una de ellas no lleva IVA, ya que solo son deducibles los gastos de la actividad que sí está sujeta a IVA.

Por otro lado, por la misma razón, si desarrolla sus actividades en un local deberá modificar en el IAE los metros cuadrados dedicados a cada una de ellas.

Por lo demás, el autónomo deberá responder a las obligaciones fiscales tanto la segunda actividad como las siguientes, del mismo modo que ocurre con su primera actividad.

 

Emprender una segunda actividad como autónomo puede ser ilusionante y también rentable, pero no hay que descuidar estos aspectos. En Tefico Asesores te ayudamos con todos estos trámites.