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Independientemente de los ingresos que percibieran durante el pasado año, aquellos contribuyentes que fueron beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) en el último ejercicio tienen la obligación de realizar la declaración de la Renta 2021. Aunque esta renta está exenta de tributación, sí que hay que tener en cuenta si se han recibido otro tipo de ayudas; y aunque suelen ser declaraciones sencillas, siempre se puede pedir consejo a una asesoría fiscal para sacar el mayor partido a la declaración.

Aunque ser beneficiario del Ingreso Mínimo Vital obliga a realizar la declaración de la Renta, la mayor parte de los contribuyentes que la percibieron no tendrán que incluir en ella el importe que recibieron durante 2021. Es así porque el IMV es una renta exenta de tributación, hasta unos rendimientos del trabajo de 11.862,90 euros (1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, IPREM).

Si los ingresos percibidos durante 2021 no superan esa cuantía, como es habitual en la mayoría de los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital, no hay que incluir el importe del IMV en la declaración de la Renta: habrá que dejar vacía esa casilla.

Sin embargo, si durante 2021 además del Ingreso Mínimo Vital se percibieron otros ingresos, como pueden ser la Renta Mínima de Inserción u otras ayudas de comunidades autónomas o ayuntamientos, sí es posible que los rendimientos del trabajo superen el límite de los 11.862,90 euros. En este caso solo habrá que declarar la cantidad que supere ese importe (la diferencia entre los ingresos percibidos y ese límite de 11.862,90 euros).

Cuando en la unidad familiar beneficiaria del IMV existen hijos menores, se recomienda presentar una declaración de la Renta conjunta de todos los miembros, en el caso de que los progenitores estén casados. Si no lo están, uno de los dos progenitores podrá presentar declaración conjunta con los hijos, y la otra declaración individual.

Como apunte, el Ingreso Mínimo Vital no genera por si mismo derecho a la deducción por maternidad, ni a las deducciones por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo.

Si se va a realizar la declaración a través de Renta WEB 2021, en los datos fiscales ya figurará la parte proporcional del IMV que corresponde a cada miembro de la unidad de convivencia. El contribuyente sólo tiene que volcar la información a Renta WEB y confirmar la declaración.

En los supuestos donde exista importe sujeto por exceder de la cuantía exenta, toda la información necesaria también se podrá volcar a Renta WEB y confirmar de forma igualmente sencilla.