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El Impuesto de Sociedades es, junto a la declaración del IVA, la principal obligación tributaria a la que tienen que hacer frente las empresas, sea cual sea su personalidad jurídica, así como las fundaciones, las asociaciones con actividad económica y otras entidades sin personalidad jurídica propia. Te explicamos en qué consiste este impuesto, cómo se calcula y te damos algunos consejos para pagar menos en elImpuesto de Sociedades.

El Impuesto de Sociedades es el tributo que grava los beneficios que ha obtenido una empresa en el último año, del mismo modo que el IRPF grava los ingresos obtenidos por las personas físicas. Se presenta en el mes de julio a través del modelo 200, pero a lo largo del año se realizan otros tres pagos a cuenta (modelo 202), en los meses de abril, octubre y diciembre.

Si el resultado de la liquidación del impuesto es positivo, deberemos abonar una cantidad a la Agencia Tributaria. Si es negativo, Hacienda nos devolverá dinero.

¿Cómo se calcula el Impuesto de Sociedades?

El cálculo del impuesto es un poco complejo. La base imponible del Impuesto de Sociedades se calcula restando los gastos a los ingresos de la sociedad, y a partir de ahí se realiza otra serie de cálculos. Al resultado se le aplica un gravamen que varía en función del tipo de sociedad:

  • El 25% se aplica de forma general para las sociedades anónimas y las sociedades limitadas.
  • El 23% para las microempresas, pymes y entidades de reducida dimensión cuya cifra de negocios en el año anterior haya sido menor a 1 millón de euros.
  • El 15% para las sociedades de nueva creación, siempre que no puedan acogerse a un gravamen inferior.
  • El 20% para las cooperativas fiscalmente protegidas
  • El 10% para las entidades sin fines lucrativos que cumplen la Ley 49/2002
  • El 1% para las sociedades, fondos de inversión y fondos de activos bancarios

¿Cómo pagar menos en el Impuesto de Sociedades?

A continuación te damos algunos consejos para para menos en el Impuesto de Sociedades, aunque lo fundamental es que cuentes con una asesoría fiscal de confianza que sepa sacar el máximo partido a la fiscalidad de tu negocio.

Periodificar ingresos y provisionar gastos

Cuando facturamos trabajos u operaciones que no se van a realizar en este ejercicio, sino en el siguiente o siguientes, podemos periodificar los ingresos para contabilizar su ingreso el año o años siguientes para pagar menos en el Impuesto de Sociedades.

Otro consejo es provisionar gastos: si tenemos un gasto de este año, pero facturado con fecha del año siguiente, podemos añadir a la contabilidad una provisión para que ese gasto se reconozca en este año, y así reducir la base imponible del Impuesto de Sociedades.

Provisionar facturas

Si al cierre del año tenemos facturas pendientes de cobro, podemos deducirnos hasta el 1%, siempre y cuando se de alguna de las siguientes circunstancias: que hayan transcurrido al menos seis meses desde el vencimiento de la obligación de pago; que el deudor haya sido procesado por alzamiento de bienes; que se encuentre en concurso de acreedores, o que hayamos reclamado las obligaciones de pago por la vía judicial. Con esto también conseguimos reducir la base imponible del Impuesto de Sociedades.

Reserva de capitalización

Las empresas de nueva creación pueden recurrir a la reserva de capitalización: aumentar los fondos propios, a costa de un menor reparto de beneficios entre los socios, para así autofinanciarse. De este modo se pueden deducir hasta un 10% de la base imponible del Impuesto de Sociedades.

Compensar bases imponibles negativas

Si en anteriores ejercicios la empresa ha tenido una base imponible negativa en la liquidación del Impuesto de Sociedades, se pueden compensar con las bases imponibles positivas de los ejercicios siguientes. Se pueden compensar bases imponibles negativas hasta un importe de un millón de euros, en los siguientes porcentajes: el 25% si la cifra de negocios es igual o superior a 60 millones de euros; el 50% si es igual o superior a 20 millones de euros e inferior a 60 millones de euros, y el 70% si la cifra de negocios es inferior a 20 millones de euros.

Amortizaciones

La amortización es el reflejo en la contabilidad de la pérdida de valor de los bienes activos o pasivos como consecuencia de su uso o de la obsolescencia. Para cada tipo de bien existe un coeficiente de amortización y un número mínimo de años para su cálculo. Estas cantidades pueden deducirse también del Impuesto de Sociedades.

Arrendamiento a entidades financieras

Los contratos de arrendamiento de bienes muebles o inmuebles también permiten aplicar deducciones, siempre que el arrendador sea una entidad de crédito o financiera, y que el contrato de arrendamiento dure un mínimo de dos años para los bienes muebles y de 10 años para los bienes inmuebles.

Reserva de nivelación

Las empresas de reducida dimensión pueden aplicar la reserva de nivelación, que permite reducir la base imponible en un 10% durante cinco años, a la espera de compensar esas cantidades con posibles futuras pérdidas. El importe minorado se suma a la base imponible de los siguientes cinco años si se producen esas pérdidas, o a la base imponible del quinto año si no se producen.

Invertir en I+D+I y en empleo

Además de aumentar la productividad y la competitividad de las empresas, las inversiones en Investigación y Desarrollo son objeto de deducciones en el Impuesto de Sociedades, así como la creación de empleo, en ciertos casos.

La elección del tipo de sociedad y una planificación fiscal eficiente también son claves para pagar menos en el Impuesto de Sociedades, por lo que contar con una asesoría fiscal seria y con experiencia es muy importante para reducir la carga impositiva.