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El Consejo de Ministros ya ha aprobado el anteproyecto de la Ley de Familias, que entre otras novedades introduce la posibilidad de solicitar hasta 12 años de teletrabajo tras ser padre o madre. La Ley, que está aún pendiente de su publicación en el BOE, incluye también este derecho para el cuidado de familiares dependientes.

El anteproyecto de la Ley de Familias ya ha sido aprobado por el Consejo de Ministros y se espera que entre en vigor en las próximas semanas. Aunque es posible que el texto pueda sufrir alguna modificación con su aprobación, lo que es seguro es que recogerá el derecho a que los trabajadores soliciten teletrabajar tras el nacimiento de un hijo o una hija hasta que el menor cumpla 12 años.

La futura Ley de Familias modificará de este modo el Estatuto de los Trabajadores para incluir este nuevo derecho para favorecer la conciliación. Según indica el anteproyecto de ley, “las personas trabajadoras tienen derecho a solicitar las adaptaciones de la duración y distribución de la jornada de trabajo, en la ordenación del tiempo de trabajo y en la forma de prestación, incluida la prestación de su trabajo a distancia, para hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral”; y en el caso de que tengan hijos o hijas, las personas trabajadoras tienen derecho a efectuar dicha solicitud hasta que los hijos o hijas cumplan doce años”.

El texto especifica que “dichas adaptaciones deberán ser razonables y proporcionadas en relación con las necesidades de la persona trabajadora y con las necesidades organizativas o productivas de la empresa”.

Para obligar a las empresas a tomar en consideración la solicitud de teletrabajo, el anteproyecto de ley añade que tendrán un plazo de 15 días para estudiarla, y que se presumirá su aprobación si en ese plazo la empresa no expresa al trabajador su oposición motivada. En caso de que acepte la solicitud, la empresa deberá comunicarlo por escrito al trabajador. Y en caso de que se oponga, deberá ofrecerle “una propuesta alternativa que posibilite las necesidades de conciliación de la persona trabajadora o bien manifestará la negativa a su ejercicio”. “Cuando se plantee una propuesta alternativa o se deniegue la petición, se motivarán las razones objetivas en las que se sustenta la decisión”, añade.

Al nuevo derecho podrán acogerse los nuevos padres y madres pero también todos aquellos progenitores con hijos menores de 12 años en el momento en el que se apruebe la ley. En su caso, podrán disfrutar igualmente de ese derecho hasta que su hijo o hija cumpla 12 años.

La norma permitirá también que dispongan de este derecho al teletrabajo aquellas personas que tengan la necesidad de cuidar de otros familiares dependientes que convivan en su mismo domicilio, siempre y cuando se fundamente su solicitud: hijos e hijas mayores de 12 años, su cónyuge o pareja de hecho, familiares por consanguinidad de hasta segundo grado u otras personas dependientes.

Regreso al trabajo presencial

El anteproyecto de ley regula también la vuelta del trabajador al trabajo presencial tras haber disfrutado del derecho al teletrabajo: una vez finalizado el periodo previsto o acordado, o cuando decaiga la razón que motivó la solicitud, la persona trabajadora tendrá derecho a regresar a la situación anterior al teletrabajo. La empresa, en su caso, solo podrá denegar la solicitud de regreso “cuando existan razones objetivas motivadas para ello”.