¿Son suficientes para conseguir reducir la huella medioambiental?
El contexto en el que se aprueba la Ley 10/2022, de 14 de junio, parte del reto que España tiene en materia de rehabilitación y mejora del parque de vivienda y para ello desarrolla un conjunto de medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación de viviendas y edificaciones que se traducirá en un aumento de demanda en actualización de calderas, aislamiento térmico, iluminación, instalación de placas solares…, que redundará en una disminución de gasto energético y reducción de la huella ambiental, sin olvidar el potencial en términos de crecimiento de empleo y actividad económica del que tan necesitamos estamos.
Para conseguirlo se ha presupuestado 2.970 millones de euros en ayudas directas y subvenciones y 450 millones de euros en desgravaciones fiscales, todos ellos provenientes del plan de recuperación europeo, los denominados fondos Next Generation EU.
Ayudas fiscales aplicables en IRPF por rehabilitación energética
Estas ayudas se concretan en una deducción temporal en la cuota íntegra estatal del IRPF:
- Deducción de un 20% por el importe de las obras realizadas para mejorar la eficiencia energética de la vivienda habitual o alquilada, siempre que se reduzca al menos un 7% la demanda de calefacción y refrigeración. Deducción máxima: 5.000 € anuales
- Deducción de un 40% por el importe de las obras realizadas en su vivienda habitual o arrendada para su uso como vivienda, que contribuyan a una reducción de al menos un 30% del consumo de energía no renovable. Deducción máxima: 7.500 € anuales
- Deducción de un 60% por el importe de las obras realizadas que mejoren la eficiencia energética en edificios residenciales por las que se reduzca al menos un 30% el consumo de energía no renovable. Deducción máxima de 15.000 € anuales.
Requisitos comunes
- Las obras deber realizarse entre el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 diciembre de 2022 (salvo para el tercer supuesto que el plazo se extiende hasta 31 diciembre 2023)
- Acreditación de la mejora de la eficiencia energética mediante certificado emitido antes y después de realizar la obra.
- El pago debe realizarse mediante tarjeta, cheque o transferencia, nunca en efectivo.
En opinión de muchos fiscalistas estas ayudas, vía deducciones en cuota en IRPF, son correctas e incentivadoras, pero parece que no están al alcance de muchos contribuyentes porque primero han de realizar el desembolso y ello puede hacer que determinados grupos de población de bajo nivel de renta se queden atrás al no tener acceso a la financiación de las obras necesarias para mejorar la eficiencia energética de sus viviendas. Además, en TEFICO ASESORES, llamamos la atención sobre la exigibilidad del cumplimiento de los requisitos para poder aplicar las deducciones, ya que nos consta que Hacienda está solicitando adicionalmente los consumos energéticos que les permita comprobar la mejora de eficiencia energética.
Cómo se opta a las ayudas directas vía subvención
El objetivo de estas subvenciones es mejorar la eficiencia energética de las viviendas, incentivando a que se efectúen cambios en edificios y viviendas para permitir un uso más eficiente de la energía, de modo que junto con otras ayudas, se permita un cambio de modelo productivo para recuperar la economía y reducir un 30% el uso de energía no renovable.
- Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de mejora de eficiencia energética de las viviendas
- Se dirigen a propietarios y arrendatarios de viviendas.
- Que las obras y actuaciones que consigan reducir al menos un 7% de demanda de energía en calefacción y refrigeración, rebajar consumo de energía no renovable un 30%, o sustitución de ventanas.
- El importe de la subvención será del 40% del coste de la actuación, con un límite de 3.000 € por vivienda. Coste mínimo por actuación: 1.000 €.
- El plazo para ejecutar las obras de mejora no puede exceder de 12 meses desde la concesión de la ayuda.
- Son las Comunidades Autónomas las encargadas de gestionar esos fondos fijando los plazos para su solicitud y atenderán las solicitudes por orden de presentación hasta el agotamiento de los fondos.
- Programa de ayudas para rehabilitación integral de edificios residenciales y viviendas.
- Se dirigen a propietarios de viviendas en edificios residenciales por iniciativa de comunidades de vecinos y a propietarios de viviendas unifamiliares.
- Que las actuaciones en mejora de aislamiento, cambio de ventanas, instalación de placas solares, accesibilidad, … consigan reducir al menos un 30% el consumo de energía no renovable.
- El importe de la subvención será entre el 40 y 80% del coste de la actuación, con un límite de 21.400 € por vivienda.
- Estas ayudas también serán gestionadas por las CCAA.
- Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio.
- Se dirigen a comunidades de propietarios, propietarios que, de forma agrupada, sean dueños de edificios, propietarios o usufructuarios de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila.
- Que las actuaciones de rehabilitación y mejora de eficiencia energética permitan acreditar una reducción de al menos el 30% del consumo de energía no renovable, referida a la certificación energética y además una reducción de la demanda de energía global anual de calefacción y refrigeración de un 35% en zonas climáticas D y E, o un 25% en zona climática C.
- El importe de la ayuda será entre el 40 y el 80% del coste de la actuación, según el ahorro energético. Ayudas máximas por vivienda entre 6.300 y 18.800€.
- El plazo para ejecución de las obras no puede exceder de 26 meses desde la concesión de la ayuda.
- Ayudas gestionadas por las CCAA.
Como conclusión, las medidas aprobadas no parecen suficientes, pues dejan fuera del acceso a las empresas cuyo consumo de energía eléctrica es del 70% del total del consumo nacional.
Tefico Asesores considera que estas ayudas deberían de extenderse a todas entidades que ejerzan una actividad económica, y a la vez, ampliar el período temporal de aplicación si de verdad queremos conseguir una cierta independencia energética y la reducción del uso de energía no renovable.