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Los trabajadores autónomos, microempresas y pymes de los sectores de la hostelería, el turismo y la artesanía con domicilio fiscal en la provincia de Guadalajara pueden solicitar todavía, y hasta el próximo 7 de septiembre, las nuevas ayudas de hasta 1.200 euros para la financiación de gastos de sus negocios.

Las subvenciones cuentan con un presupuesto total de 200.000 euros. Para poder solicitarlas, los autónomos y pymes deberán cumplir las siguientes condiciones:

  • Tener domicilio fiscal en la provincia de Guadalajara
  • Desarrolla su actividad en un municipio de la provincia de Guadalajara de hasta 5.000 habitantes, a fecha de 1 de enero de 2020
  • Estar inscritos en el Registro de Empresas de Turismo Activo regulado en el Decreto 77/2005, de 28 de junio, de Ordenación de las Empresas de Turismo Activo de Castilla-La Mancha, o estar dado de alta en alguno de los siguientes epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas (IAE): 671 (Servicio de alimentación en restaurantes), 672 (Servicio de alimentación en cafeterías), 673 (Servicio de alimentación en cafés, bares, con y sin comida), 676 (Servicio de alimentación en chocolaterías, heladerías y horchaterías), 681 (Servicio de hospedaje en hoteles y moteles), 682 (Servicio de hospedaje en hostales y pensiones), 683 (Servicio de hospedajes en fondas y casas huéspedes), 684(Servicio de hospedaje en hoteles-apartamentos), 685 (Servicio de hospedaje: Alojamientos turísticos extrahoteleros), 687 (Servicio de hospedaje: Campamentos turísticos en los que se prestan los servicios mínimos de salubridad, como agua potable, lavabos, fregaderos, etc.), 755 (Agencias de viajes), 2 (Balnearios y baños), 861 (Pintores, Escultores, Ceramistas, Artesanos, Grabadores y artistas similares), 882 (Guías de turismo) y 883 (Guías intérpretes de turismo)
  • Los autónomos inscritos en el epígrafe 673 (Servicio de alimentación en cafés, bares, con o sin comida) deberán tener su establecimiento principal en un municipio de la provincia de Guadalajara de entre 501 y 5.000 habitantes
  • Los inscritos en los epígrafes 861 (Pintores, Escultores, Ceramistas, Artesanos, Grabadores y artistas similares), 882 (Guías de turismo) y 883 (Guías intérpretes de turismo) deberán estar al corriente de las obligaciones fiscales y económicas con la Diputación Provincial de Guadalajara, con el Consorcio de Extinción de Incendios, con el Consorcio para la Gestión de Residuos Urbanos, con el Servicio Provincial de Recaudación, con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social, y no ser deudores por resolución de procedimiento de reintegro

 

Gastos subvencionables

Se considerarán gastos subvencionables aquellos comprendidos entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2021 y que tengan relación con la actividad subvencionada: los necesarios para el mantenimiento y la continuidad de la actividad turística o artesanal, para el mantenimiento y suministros del propio local donde se desarrolla la actividad, así como el material de oficina, seguros, mantenimiento de programas informáticos, conectividad, asesoría fiscal o contable.

No serán subvencionables los gastos en bienes de naturaleza duradera o inventariable ni los gastos de personal. Además, el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.

 

Importe de las ayudas

Para determinar el importe de las ayudas la Diputación de Guadalajara tendrá en cuenta dos variables: el número de habitantes del municipio en el que se desarrolla la actividad y el número de empleados.

Según la ubicación del establecimiento, se otorgarán:

  • 10 puntos si el municipio cuenta con hasta 100 habitantes
  • 8 en los municipios con población entre 101 y 250 habitantes
  • 6 puntos en municipios con población entre 251 y 500 habitantes
  • 4 puntos en municipios con población entre 501 y 1.000 habitantes
  • 2 puntos en municipios con población entre 1.001 y 5.000 habitantes

Se tomará como referencia la población que consta en la última actualización del padrón municipal, publicada el 30 de diciembre de 2020 por el Instituto Nacional de Estadística (INE).

Según el número de trabajadores, se otorgarán:

  • 10 puntos para las pequeñas empresas (entre 11 y 50 empleados)
  • 7 puntos para las microempresas (entre 2 y 10 empleados)
  • 5 puntos cuando el único trabajador sea el propio profesional autónomo

 

Presentación de las solicitudes

Las solicitudes podrán presentarse en el registro electrónico de la Diputación Provincial de Guadalajara, mediante identificación electrónica; en los registros electrónicos de las administraciones públicas y en las oficinas de Correos.

Los interesados deberán presentar cumplimentada la siguiente documentación que se puede encontrar anexa a las bases de la convocatoria: solicitud de subvención, declaración responsable, declaración jurada y ficha de tercero. Además, deberán adjuntar fotocopia del NIF/DNI/NIE de la persona solicitante y documento acreditativo de alta en el censo en alguno de los epígrafes objeto de subvención (documento electrónico verificable del modelo 036 o 037 o certificado de situación en el censo de la AEAT).

Las empresas de turismo activo deberán aportar, además, documento acreditativo de estar inscritos en el Registro de Empresas de Turismo Activo regulado en el Decreto 77/20005, de 28 de junio, de Ordenación de las Empresas de Turismo Activo de Castilla-La Mancha. Por su parte, las microempresas o pequeñas empresas deberán adjuntar documento acreditativo del número de empleados que trabajen para ellas en el momento de la solicitud.

Asimismo, deberá incluirse una memoria explicativa del gasto para el que se solicita la subvención, con expresión detallada de ingresos y gastos, así como relación de otras subvenciones solicitadas o recibidas para la misma finalidad.