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Esta semana han entrado en vigor las deducciones fiscales en el IRPF para las obras de rehabilitación en viviendas y edificios residenciales que sirvan para aumentar su eficiencia energética, que van del 20% al 60% de las cantidades satisfechas por estas actuaciones a partir del 6 de octubre.

Las ayudas aparecen publicadas en el Real Decreto-ley 19/2021, de 5 de octubre, de medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Forman parte del Plan de recuperación, transformación y resiliencia aprobado por el Gobierno y se financiarán con los fondos Next Generation de la Unión Europea.

El Real Decreto-ley hace referencia a tres tipos de deducciones: dos enfocadas a las obras de rehabilitación realizadas en viviendas y una tercera a las actuaciones que contribuyan a aumentar la eficiencia energética de edificios residenciales completos.

Las deducciones fiscales en la rehabilitación de viviendas estarán en vigor entre el 6 octubre de 2021 y el 31 de diciembre de 2022:

  • La primera permite a los propietarios o inquilinos deducirse hasta un 20% de las cantidades satisfechas en la realización de obras de rehabilitación energética que permitan reducir la demanda de calefacción y refrigeración del inmueble en al menos un 7%, hasta un máximo de 5.000 euros anuales
  • La segunda deducción en el IRPF alcanza hasta el 40% de las cantidades satisfechas, con un máximo de 7.500 euros anuales, en obras de rehabilitación energética en viviendas con las que se reduzca al menos un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o con las que se consiga una clase energética A o B en el certificado de eficiencia energética

Las deducciones previstas no se aplicarán a las obras ejecutadas en las partes de las viviendas en las que se realice una actividad económica, ni en plazas de garaje, trasteros, jardines, parques, piscinas, instalaciones deportivas y similares. Además, una misma obra no podrá dar derecho a acogerse a estas dos deducciones en la rehabilitación de viviendas.

Por otro lado, las ayudas fiscales para la realización de obras de rehabilitación energética en edificios residenciales completos permiten deducciones en el IRPF de hasta el 60% en las cantidades satisfechas entre el 6 de octubre de 2021 y el 31 de diciembre de 2023, con un máximo de 5.000 euros anuales y 15.000 euros totales. Para ello, las actuaciones tendrán que cumplir uno de estos dos requisitos: reducir el consumo de energía primaria no renovable en al menos un 30% o mejorar la calificación energética del edificio para obtener una clase energética A o B.

Cuando una obra se realice en el conjunto del edificio, y por lo tanto sea de aplicación esta última deducción, el propietario o inquilino no podrá acogerse a las deducciones del 20% o el 40% para la rehabilitación de viviendas.

La mejora en la eficiencia energética que condiciona las deducciones deberá acreditarse mediante un certificado de eficiencia energética expedido tras la realización de las obras y otro certificado expedido antes de las mismas, siempre que no hubiera transcurrido un plazo de dos años entre su expedición y el inicio de los trabajos.