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Ya se conocen las fechas más importantes de la declaración de la Renta 2022, que podrá presentarse entre el 11 de abril y el 30 de junio. La gran mayoría de los autónomos están obligados a rendir cuentas ante la Agencia Tributaria, y en el próximo ejercicio todos los trabajadores por cuenta propia deberán realizar la declaración de la Renta, independientemente de los ingresos obtenidos este año.

A continuación os indicamos el calendario de la Renta 2022 al completo en función de la modalidad de presentación que se elija.

Presentación online de la declaración de la Renta

  • Del 11 de abril al 30 de junio: plazo para la presentación online de la Renta 2022

Presentación de la declaración de la Renta por teléfono

  • Del 3 de mayo al 29 de junio: Plazo para solicitar cita previa para realizar la declaración de la Renta por teléfono
  • Del 5 de mayo al 30 de junio: Plazo para realizar y presentar la Renta 2022 por teléfono

Presentación presencial de la Renta 2022

  • Del 25 de mayo al 29 de junio: Plazo para solicitar cita previa para realizar la declaración en las sedes de la Agencia Tributaria
  • Del 1 al 30 de junio: Realización y presentación presencial de la declaración de la Renta con ayuda de los técnicos de la Agencia Tributaria

Además, hay que tener en cuenta que el 27 de junio finaliza el plazo de presentación de aquellas declaraciones con resultado a pagar para las que se quiera domiciliar el pago.

¿Quién tiene obligación de presentar la declaración de la Renta 2022?

Para este ejercicio 2022 tienen la obligación de presentar la declaración de la Renta aquellos trabajadores por cuenta ajena que:

  • Percibieran en el ejercicio 2022 unas rentas del trabajo superiores a los 22.000 euros
  • Tuvieran en el ejercicio 2022 más de un pagador y unas rentas del trabajo superiores a 15.000 euros (1.000 euros más que en la Renta 2021), siempre y cuando percibieran del segundo pagador más de 1.500 euros

En lo que respecta a los trabajadores autónomos, están obligados a presentar la Renta 2022 aquellos que obtuvieran en 2022 unos rendimientos brutos superiores a 1.000 euros.

Asimismo, tendrán que presentar la declaración de la Renta 2022 quienes:

  • Percibieran unos rendimientos íntegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales de como mínimo 1.600 euros anuales
  • Obtuvieran en el ejercicio 2022 un mínimo de 1.000 euros en concepto de rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención y/o ganancias patrimoniales, derivadas o no de ayudas públicas
  • Superasen los 500 euros de pérdidas patrimoniales en 2022

Además de lo anterior, están obligados a presentar la declaración de la Renta 2022 aquellos con derecho a aplicar el régimen transitorio de la deducción por inversión en vivienda habitual, la deducción por doble imposición internacional y la deducción por cuenta ahorro-empresa.

Por el contrario, las personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital sí están obligadas a realizar la declaración de la Renta si quieren poder seguir percibiendo esta ayuda, aunque no cumplan con los criterios anteriores.

¿Quién está exento de presentar la declaración de la Renta 2022?

Además de aquellos contribuyentes que no cumplan con los requisitos anteriores, están exentos de realizar la declaración de la Renta 2022:

  • Las personas que perciban pensiones compensatorias o anualidades por alimentos del cónyuge
  • Las personas que perciban rendimientos sujetos a un tipo fijo de retención
  • Las personas que perciban rendimientos de un pagador que no esté obligado a retener
  • Las personas beneficiarias de una pensión de orfandad o viudedad derivada de actos relacionados con el terrorismo
  • Los contribuyentes que perciben una pensión por incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez